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| NUEVO REGLAMENTO DE INSTALACIONES
TERMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE) (Real Decreto 1027/2007, del 20 de julio) La publicación del nuevo RITE el pasado
29 de agosto de 2007 como sustitución del de 1998 en el BOE 207, aboca
al sector de la climatización a un profundo cambio en la manera de
diseñar, realizar y mantener las instalaciones.
El enfoque principal de este reglamento se dirige hacia la utilización de sistemas mas eficientes y menos contaminantes. El nuevo RITE entró en vigor el 01 de marzo de 2008 Parte 1. Capítulo 1. Artículo 2: Ambito de Aplicación …… para proyectos de instalaciones térmicas
en nuevos edificios así como para la reforma (sustitución o
modificación de la ubicación de las calderas o calentadores).
IT 1.3.4.1.3. Evacuación de los productos de la combustión ……… c) En las instalaciones que se reformen cambiándose
sus generadores (calderas) que ya dispongan de un conducto de evacuación
a cubierta (chimenea), éste será el empleado para la evacuación,
siempre que sea adecuado……..
d) En las instalaciones que se reformen cambiándose
sus generadores (calderas) que no dispongan de conducto de evacuación
a cubierta o éste no sea adecuado, deberá realizarse mediante
un nuevo conducto a cubierta
Excepciones a lo anterior Se permitirá la salida directa de los productos de la combustión al exterior por fachada o patio de ventilación, únicamente: 1. En las instalaciones térmicas de viviendas unifamiliares 2. En las instalaciones térmicas de edificios que se reformen cuando se instalen calderas con emisiones de NOx de clase 5. IT 1.2.4.12.1 Requisitos mínimos de rendimiento energético de los generadores de calor. ……… 7. Queda prohibida la instalación de calderas de las características siguientes, a partir de las fechas que se indican a continuación: a) Calderas de tipo atmosférico a partir del uno de enero de 2010. Comentarios El nuevo RITE deja claro
la obligatoriedad de la evacuación por cubierta de los productos de
la combustión en todos los edificios, con lo cual para las sustituciones
de calderas ya no es posible instalar las ESTANCAS (las convencionales) con
salida de humos a fachada o patio de ventilación, mas si queremos
instalarla, habría que montar una CHIMENEA HASTA LA CUBIERTA para
la evacuación de humos, con el elevado coste, obra y autorizaciones
que esto requeriría, sin embargo existe la posibilidad de instalar
una CALDERA ESTANCA DE BAJO NOx - clase 5, según se indica en las
excepciones, esto quiere decir las nuevas CALDERAS ESTANCAS DE CONDENSACION
ó CALDERAS ESTANCAS DE BAJO NOx.
Los teléfonos de
la Dirección General de Industria en Madrid donde puede informarse
acerca de la presente normativa son: 914206462 - 915802194 o directamente
a los técnicos de Industria 915802198 - 914206770
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