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NUEVO REGLAMENTO DE INSTALACIONES TERMICAS EN LOS
EDIFICIOS (RITE)
(Real Decreto 1027/2007, del 20 de julio)
La publicación
del nuevo RITE el pasado 29 de agosto de 2007 como sustitución
del de 1998 en el BOE 207, aboca al sector de la climatización a
un profundo cambio en la manera de diseñar, realizar y mantener las
instalaciones de las calderas de gas.
El enfoque principal
de este reglamento se dirige hacia la utilización de sistemas
mas eficientes y menos contaminantes como las calderas de condensación
y las calderas de bajo Nox.
El nuevo RITE entró en vigor el 01 de marzo
de 2008
Parte 1. Capítulo
1. Artículo 2: Ambito de Aplicación
…… para proyectos de instalaciones
térmicas en nuevos edificios así como para la reforma
(sustitución o modificación de la ubicación
de las calderas o calentadores).
IT 1.3.4.1.3. Evacuación
de los productos de la combustión
………
c) En las instalaciones
que se reformen cambiándose sus generadores (calderas)
que ya dispongan de un conducto de evacuación a cubierta
(chimenea), éste será el empleado para la evacuación,
siempre que sea adecuado……..
d) En las instalaciones
que se reformen cambiándose sus generadores (calderas)
que no dispongan de conducto de evacuación a cubierta o éste
no sea adecuado, deberá realizarse mediante un nuevo conducto
a cubierta.
Excepciones a lo anterior
Se permitirá la salida
directa de los productos de la combustión al exterior por
fachada o patio de ventilación, únicamente:
1. En las instalaciones térmicas
(calderas) de viviendas unifamiliares
2. En las instalaciones térmicas
de edificios que se reformen cuando se instalen calderas con emisiones
de NOx de clase 5.
IT 1.2.4.12.1 Requisitos
mínimos de rendimiento energético de los generadores
de calor.
………
7. Queda prohibida la instalación de calderas
de las características siguientes, a partir de las fechas
que se indican a continuación:
a) Calderas de tipo atmosférico a partir del
uno de enero de 2010.
Comentarios
El
nuevo RITE deja claro la obligatoriedad de la evacuación
por cubierta de los productos de la combustión en todos los
edificios, con lo cual para las sustituciones de calderas ya no
es posible instalar las CALDERAS ESTANCAS (las convencionales) con
salida de humos a fachada o patio de ventilación, mas si queremos
instalarla, habría que montar una CHIMENEA HASTA LA CUBIERTA
para la evacuación de humos, con el elevado coste, obra y autorizaciones
que esto requeriría, sin embargo existe la posibilidad de
instalar una CALDERA ESTANCA DE BAJO NOx - clase 5, según se indica
en las excepciones, esto quiere decir las nuevas CALDERAS ESTANCAS
DE CONDENSACION ó CALDERAS ESTANCAS DE BAJO NOx.
Los teléfonos
de la Dirección General de Industria en Madrid donde puede
informarse acerca de la presente normativa son: 914206462 - 915802194
o directamente a los técnicos de Industria 915802198
- 914206770
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